CACERES INSISTE EN RECLAMAR SU BANCA

Compartir
Cáceres

Juan Cáceres halló un nuevo argumento legal para reclamar su asunción como edil en reemplazo de quien no trabaja más allí.

Cáceres había sido electo concejal en la lista de Juntos por el Cambio de 2019, cuando su alianza obtuvo tres bancas.

El tercero de ellos fue Marcos Cuellas, que el año pasado, tras decir que contrajo coronavirus, dejó de asistir al Concejo Deliberante; y luego mintió para irse a trabajar a Europa, donde cobra en euros al mismo tiempo que percibía su dieta como edil pagada por los vecinos de Berazategui. La mentira y el cobro indebido se prolongó durante seis meses a razón de casi cien mil pesos mensuales.

Este CIB publicó todas las alternativas del caso.

En la lista seguía Vanina Passalacqua, quien también se había mandado su viaje a Europa una vez que quedó claro que no obtenía la reelección.

Cáceres seguía quinto en la lista y, cuando se desató el escándalo de Cuellas, reclamó su lugar, pero el mussismo protegió al mentiroso y postergó el trámite de Cáceres hasta que hicieron venir a Passalacqua. Cáceres, que siempre fue un luchador social, cree que esto se debió a «un pacto de la corporación política».

Ahora, encontró un nuevo argumento por parte del Poder Judicial y se relaciona con la paridad de género: «Si la banca liberada es de un varón, corresponde que asuma otro varón», explicó a este CIB:

#Fallos Perspectiva de género en la sustitución de vacantes en la Cámara de Diputados bonaerense: Debe respetarse la paridad de género establecida en la Ley 14.848, cubriendo la vacante con un suplente del mismo sexo que siga en orden de prelación

Microjuris Argentina al Día

Por eso, en la mañana de este lunes, hizo una nueva presentación al Deliberante para anoticiarlos y en pos de insistir con su justo reclamo.

Texto de la presentación

Berazategui, 8/11/2021
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BERAZATEGUI
Sr Presidente S/D

Juan Carlos Cáceres, DNI 12471287, por derecho propio, con domicilio real en la calle 134 xxxx de Hudson, me presento ante Usted y digo:

Que este HCD dispuso con fecha 10 de septiembre de 2020, mediante el decreto 20/2020, autorizar al concejal Marcos Cuellas a “viajar al exterior a los efectos de cumplir con las invitaciones recibidas a partir del 14 de setiembre de 2020”.

Que inicié acciones judiciales a través de un amparo en el cual solicité que se disponga mi convocatoria como concejal suplente a fin de cubrir dicho cargo de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, en los artículos 19 y 88.

Que así las cosas, este HCD el 23 de diciembre del 2020, en el Expediente 5478-HCD-2020, “licencia solicitada por el concejal Marcos Marciel Cuellas”, se DECRETA: en su Art.2:… «COMUNIQUESE al concejal suplente de la lista que fuera elegido conjuntamente con aquel a ejercer el cargo de CONCEJAL”. El Art.3 del mismo decreto lo CONVALIDA, y el Art.4 fija duración, de acuerdo al art. 26 del Reglamento Interno del HCD.

Atento a ello, y habiendo transcurrido un año, el concejal Cuellas sigue usufructuando de su licencia, y en su lugar continua cubriendo el cargo como suplente la Sra. Vanina Passalacqua.

Considerando lo expuesto, y encontrándonos con un fallo el cual establece que “… Se debe respetar la paridad de género establecida en la Ley 14.848 y, por lo tanto, proveer su cobertura con el suplente del mismo sexo que siga en orden de prelación…” (LA ROSA MARIA ANGELA Y OTRO/A S/ PRETENSION DECLARATIVA DE CERTEZA – OTROS JUICIOS, en trámite ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo 2 del Departamento Judicial La Plata (expte. Nº -64448-).

En el marco de una pretensión declarativa de certeza -arts. 12, inc. 4º, Ley 12.008 (texto según Ley 13.101), y 322, Código Procesal Civil y Comercial-, corresponde que, para el reemplazo de los cargos vacantes en la Cámara de Diputados de la Provincia, se debe respetar la paridad de género establecida en la Ley 14.848 y proveer su cobertura con el suplente del mismo sexo que siga en el orden de prelación, de conformidad con lo normado en los arts. 1°, 2°, 3°, 4° y ccdtes. de la Ley 14.848; 32 y 122 del Código Electoral -Ley 5.109 -, y 7°, 11 y ccdtes. de la Ley 14.086 -de Elecciones Primarias Abiertas Obligatorias- (Del voto de la doctora De Santis)”… Cita: MJ-JU-M-134565-AR|MJJ134565|MJJ134565

Atento a ello, SOLICITO se trate en la sesión ordinaria próxima a esta presentación y se ordene:

a).- La nulidad del Acto jurídico de Asunción y Juramento como concejal del Honorable Concejo Deliberante de Berazategui de Vanina Passalacqua producido en la Sesión Ordinaria del 04-02-2021, en reemplazo del concejal Marcos Cuellas, a quien se le ha concedido licencia extraordinaria en virtud de “viajar al exterior a los efectos de cumplir con las invitaciones recibidas a partir del 14 de setiembre de 2020.

b).- Ordene al Honorable Concejo Deliberante de Berazategui la asunción del Sr. JUAN CARLOS CACERES como concejal en reemplazo del Sr Concejal Marcos Cuellas, en razón de ser primer suplente hombre electo en las elecciones del 27 de octubre de 2019, por Juntos por el Cambio.

Para el hipotético supuesto en que este HCD no hiciere lugar a la petición formulada en la presente respecto por la vía habilitada en el Art. 322 del CPCCP, CONSTITUCIÓN NACIONAL, dejo planteado el caso federal previsto en el Art. 14 de la Ley 48 a fin de iniciar acciones legales, en atención a encontrarse involucradas normas que atentan contra principios, derechos y garantías contemplados en nuestra Ley Fundamental.

2 Respuestas a “CACERES INSISTE EN RECLAMAR SU BANCA”

Los comentarios están cerrados.