DOBLE MORAL NACIONALISTA

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(Por Bonifacio Ayala -foto-)

De Doble Moral y otras yerbas:
La persona de la foto se llama Héctor Jaime, y es el apoderado del partido Moral y Progreso.

Héctor Jaime

A su vez es miembro del Consejo Nacional del Frente Patriota. Aunque en teoría Moral y Progreso es un partido real, en la práctica no tiene actividad, NO EXISTE.

¿Podrá explicar el señor Alejandro Gironés Biondini de qué se trata esta cuestión, siendo que me acusaron de corrupto y traidor por supuestas prebendas recibidas por el intendente Mussi, mientras ese partido presenta candidatos K? ¿Quénes son los corruptos? Alguien debería investigar a estas personas, ya que la situación es poco clara.

Véanlo uds. mismos en el siguiente enlace del
Boletìn Oficial de la Naciòn del 12/11/2019.

Texto del Boletín Oficial

UNITE POR LA LIBERTAD Y LA DIGNIDAD

“El Juzgado Federal con Competencia Electoral en el distrito de la Provincia de Buenos Aires, a cargo del Doctor Adolfo Gabino Ziulu, Juez Federal Subrogante, hace saber, que en los autos caratulados “Unite por la Libertad y la Dignidad S/Reconocimiento de Partido de Distrito”, Expte CNE 8363/2016, que tramitan ante sus estrados, se ha dictado la siguiente resolución: La Plata, 24 de julio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre el cambio de nombre peticionado por la agrupación política de autos y,

CONSIDERANDO:

I.- Que a fs. 335/336 se presenta el Señor Héctor Daniel Jaime en el carácter de apoderado del partido “Unite por la Libertad y la Dignidad”, acompañando copia certificada del acta del Congreso Provincial partidario en la que consta la aprobación del cambio de nombre por la denominación “MORAL Y PROGRESO”, y solicitando su reconocimiento y aprobación.

II.- Que a fs. 337 se tuvo por agregada la documental acompañada y se ordenó dar cumplimiento a lo dispuesto por la Acordada N° 60/08 de la Excma. Cámara Nacional Electoral y atento la personería que detenta en el Orden Nacional, se ordenó la notificación correspondiente.

III.- Que a fs. 345 y no habiendo contestado el traslado conferido en el 2° párrafo del resolutorio que obra a fs. 342, en cumplimiento de lo dispuesto en el punto

IV- Funcionamiento del Sistema-, Acordada 60/08, se ordenó ingresar por Secretaría el trámite de la nueva denominación en el Registro General de Nombres de los Partidos Políticos. IV.- Que el último párrafo de la foja citada se ordena, atento lo prescripto por los arts. 13 y 14 de la ley 23.298 y sus modificatorias, la publicación por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Nación y notificar a los apoderados de los Partidos Políticos reconocidos o en constitución de este distrito, a los partidos y Confederaciones Nacionales reconocidas o inscriptas como tales ante esta sede judicial, y al Señor Fiscal Federal. Asimismo, se ordenó librar oficio DEO -fs. 361, a la Secretaría Electoral de Capital Federal, a fin de poner en su conocimiento que el partido mencionado ha solicitado el cambio de la denominación partidaria, como así también se notifique a los apoderados en ese distrito sobre la audiencia a celebrar.

V.- Que a fs. 355 vta., obra la constancia de notificación al Señor Fiscal Federal, a fs. 348/355 las cédulas de notificación diligenciadas, a fs. 344 y 368 los Oficios Deo librados y a fs. 357 la publicación en el Boletín Oficial de la Nación.

VI.- Que a fs. 361 se fija la audiencia prevista por el art. 62 de la ley 23.298, obrando en autos las constancias de las notificaciones correspondientes.

VII.- Que a fs. 371 se realiza la audiencia con la presencia del Señor apoderado partidario de la agrupación de autos, quién solicita, atento haberse realizado todos los pasos legales y no existiendo oposición, se ratifica haga lugar al cambio de nombre peticionado.

VIII.- Que a fs. 372 se ordenó correr traslado al Señor Fiscal federal quién a fs. 373 dictamina que en virtud de no haber existido ningún tipo de impugnación al cambio del nombre solicitado y que se ha dado cumplimiento a las exigencias legales, entiende que corresponde hacer lugar al pedido de cambio de denominación efectuado. Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el Señor Fiscal Federal,

RESUELVO:

1°.- Hacer lugar a lo solicitado por el Señor apoderado
partidario y en consecuencia aprobar el cambio de nombre del partido “Unite por la Libertad y la Dignidad” por la denominación “MORAL Y PROGRESO” (Arts. 13 y 14 de la ley 23.298).

2° -Tener como texto de la Carta Orgánica el obrante a fs 331/333 y hacer saber que deberá acompañar las Bases de Acción Política y Declaración de Principios adaptados a la nueva denominación.

3°.- Comuníquese a la Excma. Cámara Nacional Electoral (Art. 14 in fine y 39 de la ley citada).

4° .- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación el presente resolutorio.

5° Recaratúlense las presentes actuaciones con la nueva denominación partidaria. Regístrese, notifíquese y líbrense las comunicaciones del caso.

ADOLFO GABINO ZIULU

Juez Federal Subrogante con competencia electoral

Dra. María Florencia Vergara Cruz
Prosecretaria Electoral Nacional
e. 12/11/2019 N° 86535/19 v. 12/11/2019

Fecha de publicación: 12/11/2019

Juez Ziulu

4 Respuestas a “DOBLE MORAL NACIONALISTA”

  1. UNAMOS FUERZAS CONTRA LA TIRANIA Y EN DEFENSA DE LA VERDAD Y LA LIBERTAD
    SOY JOSE MARIA RUBIO PORRAS CREADOR DE FRE.NA.ES.TO FRENTE NACIONAL ESPAÑOLES TODOS AHORA NUEVA ESPAÑA Y NUEVA HISPANIDAD EN AMERICA
    WASAP +34 670287636

  2. Ayala jamás pudo redactar esta nota, pobre, se fue de un Partido, donde le dieron la posibilidad de ser Candidato a Intendente y les mordió la mano volcándose al kirchnerismo. Eso es Bonifacio Ayala, un traidor.

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