El Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Quilmes dictó prisión perpetua para la madre de 36 años y el padrastro de 33, por encontrarlos culpables de asesinar al bebé de18 meses, en su vivienda de Berazategui. La decisión incluye los agravantes de alevosía y ensañamiento, y en el caso de la madre se sumó el agravante por el vínculo.
El bebé llegó al hospital El Cruce el 19 de septiembre de 2021 con signos de maltrato extremo: hematomas en el cuerpo, mordeduras, marcas compatibles con pinchazos, y una aguja oxidada de al menos 2,5 centímetros en su espalda, que —según los forenses— habría tenido durante un mes antes, lo que le provocó el cuadro séptico que derivó en su muerte.
El expediente judicial detalló que el bebé convivía con cinco hermanos, también víctimas de maltrato. Algunos testigos declararon que el niño era sometido a torturas: lo mordían hasta dejar marcas, lo pinchaban en manos y pies, lo dejaban desnudo o mojado frente a una ventana en pleno invierno, lo obligaban a caminar sobre piedras, le ponían pimienta en la comida, entre otras situaciones atroces. Todo, en presencia de la madre, de acuerdo con las acusaciones.
En la audiencia final, la mujer declaró:
“No fui una buena mamá, hice lo que pude. No busqué la muerte… Si tomaba alcohol y lo mordí un poco más fuerte alguna vez, fue un simple juego, no fue un asesinato. No maté a mi hijo”.
El padrastro sostuvo:
“Soy inocente, no soy el monstruo que describieron, los traté bien”.
Las defensas solicitaron la absolución de ambos. La abogada del hombre, Mercedes Bussola, planteó que la Fiscalía no probó la autoría y que algunas lesiones podrían haber sido producidas en el hospital. Ignacio Tranquilini, defensor de la madre, sostuvo que ésta no tenía intención de matar, que lo llevó al hospital cuando dejó de respirar, y pidió que se la condenase en casos alternativos —por homicidio preterintencional o abandono de persona agravado por vínculo— si no se aceptaba su inocencia completa.
El fallo asienta una postura legal clara respecto de los agravantes de ensañamiento y alevosía en casos de violencia extrema contra niños. Pone el foco en la obligación estatal de garantizar entornos seguros para menores, incluso cuando hay denuncias previas por maltrato familiar. En este caso, las tías del niño habían denunciado situaciones de riesgo años antes sin que los hijos fueran protegidos.
Subraya la importancia de las pruebas forenses (los informes médicos, las lesiones antiguas y recientes) y los relatos de testigos (hermanos, vecinas, familiares) como elementos fundamentales para reconstruir lo ocurrido. En su alegato, la Fiscalía requirió cadena perpetua considerando que se trataba de un ambiente de maltrato permanente, y que muchos actos atroces fueron dirigidos al bebé León.
Los fundamentos de la sentencia ya fueron presentados en público, restaba conocer la extensión de la pena. Familiares de León y organizaciones sociales esperan que esta condena sea un paso para evitar la impunidad en casos similares; exigen mayor compromiso institucional para detectar y actuar ante denuncias de violencia familia contra menores.
