CAÑAS: CACERES ACUDIO AL JUZGADO

Compartir

Foto: Archivo

El concejal Juan Cáceres (ARI-CC, en Juntos) se presentó ante el Juzgado de Garantías para pedir que se lo tome como amicus curiae (una expresión en latín que se interpreta como amigos de la Justicia, aplicable a quienes tienen alguna autoridad, conocimiento o información para aportar a causas judiciales).

El motivo es el desmonte de cañas de la ribera en Hudson con fines comerciales, como ya se informó aquí:

Esto dice el texto presentado:

Sr. JUEZ DE GARANTIAS

Juan Cáceres, en carácter de concejal por el bloque de la Coalición Cívica ARI en Berazategui, con el patrocinio letrado de la Dra. Sandra Massimino, en la causa PP-13-01-016011-23/00 Cioch, Ana María s/ Daño – Art.183 de Incumplimiento de los deberes de funcionario público, me presento y digo:

Que en mi carácter de concejal, en virtud de la representación constitucional de los vecinos de Berazategui, vengo a presentarme y tomar debida intervención. Igual que el amparista accionante, ratifico y apoyo los hechos y el derecho invocado en la acción iniciada en virtud de que el cañaveral que está siendo desmontado constituye parte del ecosistema costero y crea un microambiente que es utilizado como albergue de muchas especies, nativas y exóticas. Lo que lo convierte en imprescindible para asegurar la conservación de la riqueza en biodiversidad que posee la ribera de Hudson.

En virtud de lo expuesto, atento a la prohibición de desmontes de Bosques Nativos calificados como categoría II (amarillo) conforme el art. 14 y conc. de la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Bosques Nativos 26.331; en los art. 25 y ss. de la Ley General del Ambiente 25.675 que define el daño ambiental como “como toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos”; en el art. 14 del Código Civil y Comercial de la Nación que dispone que “La ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos individuales cuando pueda afectar al ambiente y a los derechos de incidencia colectiva en general” y en su artículo 240 que ordena que “El ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes mencionados en las Secciones 1ª y 2ª debe ser compatible con los derechos de incidencia colectiva. Debe conformarse a las normas del derecho administrativo nacional y local dictadas en el interés público y no debe afectar el funcionamiento ni la sustentabilidad de los ecosistemas de la flora, la fauna, la biodiversidad, el agua, los valores culturales, el paisaje, entre otros, según los criterios previstos en la ley especial”; en el deber de las autoridades de proveer a la protección de nuestro derecho a un ambiente sano y equilibrado garantizado por el artículo 41 de la Constitución Nacional, y 28 de la Constitución Provincial, entre otras.

En consecuencia, adhiero, apoyo y ratifico la denuncia iniciada por el Foro del Río de La Plata a través de la presentación PP-13-01-016011-23/00 Ana María Cioch sobre Daño e Incumplimiento de los deberes de funcionario público, como amicus curiae. Por lo expuesto, peticiono que se me tenga por parte en carácter de amicus curiae.

Las imágenes insertadas dan cuenta de la aplicación del negocio en los barrios cerrados del distrito.


2 Respuestas a “CAÑAS: CACERES ACUDIO AL JUZGADO”

Los comentarios están cerrados.